jueves, 24 de marzo de 2011

El supremo prohibe la inscripción de Sortu

Deia.
La Sala del 61 estima las demandas que consideraban a la nueva formación heredera de Batasuna

En una decisión sin precedentes, tres magistrados discrepan del fallo y emiten un voto particular
El Tribunal Supremo ha establecido que Sortu no podrá inscribirse como partido político. Esa es la decisión que tomó ayer la Sala del 61 del alto tribunal después de toda una jornada de deliberaciones. El intento de esta nueva formación de la izquierda abertzale oficial de concurrir en las elecciones municipales y forales no ha pasado este filtro. Estaba cantado: finalmente han vencido las tesis de la Fiscalía y del Abogado del Estado, que veían a Sortu como una refundación de Batasuna, ilegalizada en el año 2003 por su vinculación con ETA....
Era la crónica de un rechazo anunciado. El Gobierno español ha expresado por activa y por pasiva su firme convencimiento de que Sortu es la continuación de Batasuna y fue el propio ministerio del Interior el que paralizó la inscripción de Sortu...

Gara
La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha estimado la demanda del Gobierno español y prohíbe la inscripción de Sortu en el registros de partidos alegando que constituye una sucesión de Batasuna. Pero por primera vez, el veredicto no es unánime, hay tres votos particulares.
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Cuando sea notificada, la sentencia podrá ser recurrida ante el Tribunal Constitucional, que no tiene plazo para resolver ya que no se trata de un procedimiento electoral, sino de inscripción de una formación política.

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